Orden jurisdiccional

13 entradas

La acción judicial de desahucio de las viviendas-porterías

10 de noviembre de 2020 Artículos doctrinales DESAHUCIOS

Múltiples y diversas son las causas por las que una Comunidad de Propietarios decide instar acciones judiciales para la recuperación de la posesión de un elemento común, como es la vivienda portería. De la forma y modo en que la parte demandante articule la acción jurídica que le corresponde, así como de una correcta elección del orden jurisdiccional ante el que se plante el litigio, va a depender la eficacia de la tutela judicial que la Comunidad de Propietario

Los codemandados en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Su intervención en el proceso y en el procedimiento administrativo. Referencia obligada a la responsabilidad patrimonial de la Administración.

Para entender el papel del litisconsorcio pasivo en el orden contencioso-administrativo es necesario superar las carencias de la ley reguladora de esta jurisdicción, en una precisión conceptual que nos permitirá conocer su alcance, determinando tanto su necesariedad como la eventual exclusión de otros órdenes de la jurisdicción. La figura del codemandado presenta una íntima relación con el instituto de la responsabilidad patrimonial, lo que exige analizar su intervención desde el mismo procedimiento administrativo. Del mismo modo, se destacan las peculiaridades del pronunciamiento de la sentencia en relación a los codemandados, con expresa mención a las costas procesales.

Existiendo cuentas pendientes de liquidar con el cliente, la presunción de inocencia impide la condena al abogado por apropiación indebida

Dada la existencia débitos recíprocos entre los querellantes y el abogado acusado y el hecho de que existe una pretensión civil de rendición de cuentas que ya estaba siendo objeto de tratamiento en otro orden jurisdiccional y, en fin, el deferir a la fase de ejecución lo que debió haber sido proclamado en la declaración de hechos probados, se aprecia la vulneración de la presunción de inocencia del letrado, derivada de la falta de ponderación de la prueba de descargo ofrecida por la defensa.

Existiendo cuentas pendientes de liquidar con el cliente, la presunción de inocencia impide la condena al abogado por apropiación indebida

Dada la existencia débitos recíprocos entre los querellantes y el abogado acusado y el hecho de que existe una pretensión civil de rendición de cuentas que ya estaba siendo objeto de tratamiento en otro orden jurisdiccional y, en fin, el deferir a la fase de ejecución lo que debió haber sido proclamado en la declaración de hechos probados, se aprecia la vulneración de la presunción de inocencia del letrado, derivada de la falta de ponderación de la prueba de descargo ofrecida por la defensa.

Existiendo cuentas pendientes de liquidar con el cliente, la presunción de inocencia impide la condena al abogado por apropiación indebida

Dada la existencia débitos recíprocos entre los querellantes y el abogado acusado y el hecho de que existe una pretensión civil de rendición de cuentas que ya estaba siendo objeto de tratamiento en otro orden jurisdiccional y, en fin, el deferir a la fase de ejecución lo que debió haber sido proclamado en la declaración de hechos probados, se aprecia la vulneración de la presunción de inocencia del letrado, derivada de la falta de ponderación de la prueba de descargo ofrecida por la defensa.

Algunas reflexiones sobre el proceso monitorio laboral introducido por la Ley 36/2011

El proceso monitorio es una de las medidas introducidas por la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (en adelante LRJS) para intentar descargar al Juez, que no al Juzgado, de esos litigios de reclamación de cantidad en los que no se produce controversia. El éxito de este proceso en la jurisdicción civil, introducido por la LEC del año 2000, que lo regula en sus artículos 812 a 818 ha animado al legislador a probar fortuna en nuestro orden jurisdiccional social y para ello la LJS, dedica un único pero prolijo precepto: el articulo 101.

La apariencia de buen derecho en el Contencioso-Administrativo. Casuística más reciente sobre su apreciación

Se trata de un presupuesto conformado por la jurisprudencia, pues la norma legal, es decir, el artículo 139 de la Ley de la jurisdicción, no lo contempla expresamente. Aunque el proyecto de Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa recogía explícitamente el criterio de la apariencia de buen derecho, el mismo fue suprimido en trámite parlamentario sin que alcanzara por tanto el rango de norma allí positivizada. Sin embargo, posteriormente se plasmará en la LEC 1/2000 (artículo 728) como uno de los requisitos de la protección cautelar el campo del orden jurisdiccional civil.

El principio non bis in idem y la subordinación de la potestad sancionadora administrativa al orden jurisdiccional penal

En término generales, el principio non bis in idem, consiste en la prohibición de que un mismo hecho resulte sancionado más de una vez, es decir, supone que no se imponga duplicidad de sanciones en los casos en que se desprenda identidad de sujeto, hecho y fundamento sin que haya una supremacía especial, como por ejemplo que se sancione a una persona dos veces por los mismo hechos en la jurisdicción administrativa y la penal.

Nueva oficina judicial: competencias del secretario judicial en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo

Creo que no me equivoco si digo que casi todos esperábamos con cierta expectación y un poco de recelo las reformas procesales que finalmente se han llevado a cabo con las recientes leyes publicadas el 3 de noviembre, la ley 13/2009, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, y la Ley Orgánica 1/2009...

La nueva estructura de los tribunales de instancia prevista en la reforma de la LOPJ

16 de abril de 2013 Noticias Organización judicial.

Se establecerán tribunales de instancia como nuevos órganos judiciales de primer grado en todos los órdenes jurisdiccionales. Cada tribunal de instancia contará con cuatro salas: una por cada orden jurisdiccional. Dentro de cada una de ellas habrá unidades judiciales y secciones, que serán equivalentes, respectivamente, al juez unipersonal y al colegio de jueces.

1